¿Cuándo llega el test de antígenos a las farmacias?

Por fin, el 21 de julio se publicó en BOE el Real Decreto 588/2021, de 20 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico «in vitro». Con objeto de regular la venta al público y la publicidad de los productos de autodiagnóstico de la COVID-19.

Se trata de la tan ansiada normativa que permitirá la venta de test de autodiagnóstico de COVID (antígenos o anticuerpos) en oficinas de farmacia. Sin receta médica a partir de este 22 de julio. Como se indica en la citada normativa, “el presente real decreto adopta un conjunto de medidas de carácter urgente dirigidas a la protección de la salud pública. La situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 hace necesario aumentar la capacidad diagnóstica del Sistema Nacional de Salud, con objeto de identificar de forma rápida sospechas de casos positivos de SARS-CoV-2, para tomar las medidas adecuadas y así controlar eficazmente la progresión de la pandemia y al mismo tiempo atender a los afectados por la pandemia y ayudar a su recuperación”.

En este sentido continúa manifestado el RD que “la disponibilidad de estos productos permitirá a la población general la realización de las pruebas sin la intervención de un profesional sanitario. Lo que por un lado reducirá en cierta medida la presión asistencial de los centros sanitarios y permitirá la identificación rápida de sospechas de casos positivos”.

 

Claves para la venta de los test de autodiagnóstico de COVID sin receta

1º.- Solo pueden adquirirse a través del canal de la farmacia. A diferencia de lo que ocurría hasta la fecha, ya no es necesario para su dispensación una receta médica. Es recomendable no adquirir los test fuera del canal de la farmacia. Ya que pudieran no reunir las garantías necesarias ni cumplir la regulación. A tal efecto, la AEMPS en su página web facilita la información sobre aquellos test que no cumplen con la legislación vigente y pueden suponer un riesgo de salud pública. Los principales incumplimientos detectados están relacionados con:

  • Certificados de marcado CE falsos.
  • Declaraciones de conformidad con información falsa.
  • Marcados CE indebidos como producto sanitario.
  • No disponer de representante autorizado en la Unión Europea cuando el fabricante carece de domicilio social en la Comunidad o que el representante autorizado que figura en el etiquetado sea inadecuado.

2º.- Se trata de test nasal de antígenos y anticuerpos.

3º.- En relación al precio, el RD aprobado no contiene ninguna indicación al respecto. Se trata de un producto sanitario de venta libre. Por ello, su precio no está intervenido.

4º.- Hay que realizarlos respetando escrupulosamente las indicaciones contenidas en el prospecto y facilitadas por el farmacéutico en el acto de la dispensación. Es a él a quien corresponde como profesional sanitario realizar una dispensación debidamente informada.

5º.- En caso de obtener un resultado positivo, corresponde al paciente informar al médico, no a la oficina de farmacia.

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