Las oficinas de farmacia están sometidas a una estricta regulación estatal y autonómica, debiendo cumplir también los locales en los que se desarrolla la actividad profesional diferentes requisitos de ubicación, superficie mínima y distribución interna de la oficina de farmacia. Todo ello, según lo dispuesto en las normativas de aplicación de cada Comunidad Autónoma. Con el objetivo fundamental de asegurar la máxima calidad en el servicio farmacéutico prestado.

Requisitos de un local de farmacia

Las nuevas instalaciones de oficina de farmacia se deben instalar con carácter general a 150 metros de centros de atención primaria o especializada. De igual modo, éstas deben estar a 250 metros respecto de las oficinas de farmacia ya establecidas. Además, la superficie útil que tiene que tener el local de oficina de farmacia es entre 60 y 85 m2, dependiendo de la Comunidad Autónoma.

Todas las Comunidades Autónomas recogen en sus normativas de Ordenación Farmacéutica que las oficinas de farmacia tienen que tener acceso libre, directo y permanente a la vía pública, respetar la legislación vigente sobre accesibilidad. Sin olvidarse de suprimir las barreras arquitectónicas y reunir unas condiciones higiénico sanitarias adecuadas.

Las zonas con las que debe contar cualquier oficina de farmacia son:

  • La zona de atención al público.
  • Zona de almacenamiento de medicamentos y productos sanitarios.
  • También la zona de laboratorio reservada para la preparación y control de fórmulas magistrales y preparados oficinales.
  • Despacho del Farmacéutico o zona diferenciada que permita la atención individualizada al paciente.
  • Aseo (no todas las CC.AA. lo regulan)

Medidas para un local de farmacia y requisitos mínimos

Asimismo, algunas Comunidades Autónomas regulan la superficie mínima con la que deben contar las zonas mínimas. Por ejemplo, en Andalucía se establece que la planta de acceso al local de la oficina de farmacia debe tener una superficie mínima de 35m2.

En el caso de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, la ley 13/2022 de 21 de diciembre de Ordenación y Atención Farmacéutica en su art. 20 establece que los locales e instalaciones de las oficinas de farmacia deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:

  1. Las oficinas de farmacia tendrán acceso libre, directo y permanente a la zona de dispensación y atención al usuario desde la vía pública y/o desde zonas de uso colectivo.
  2. La superficie útil y mínima de los locales de oficina de farmacia será de setenta y cinco metros cuadrados, a excepción de las oficinas de farmacia en núcleos de población con menos de 2.000 habitantes, en las que será de sesenta metros cuadrados.
  3. Las oficinas de farmacia contarán, al menos, con las siguientes áreas:
    • Atención al público y dispensación.
    • Revisión, recepción y almacenamiento de medicamentos y productos sanitarios.
    • Laboratorio reservado para la preparación y control de fórmulas magistrales y preparados oficinales, en el caso de que se elaboren. Estas instalaciones estarán sujetas a autorización en función de las formas farmacéuticas declaradas que se pretendan elaborar de acuerdo con la legislación vigente.
    • Despacho o zona diferenciada que permita la atención personalizada al paciente.
  4. En caso de contar con dos o más plantas, éstas serán contiguas y tendrán acceso directo entre sí.

¿Y cuando se desarrollan otras actividades sanitarias?

Asimismo, cuando en las oficinas de farmacia se desarrollen otras actividades sanitarias por parte de profesionales que cuenten con la preceptiva autorización y titulación, éstas deberán disponer de un espacio adicional debidamente habilitado para ello.

A todo este respecto, cabe señalar que existen aún bastantes Oficinas de farmacia que por ejemplo no tienen 75m2 de superficie o que no están a 250m2 de la farmacia más cercana. Incluso las hay que se encuentran situadas a escasos metros de un Centro público de salud. Esto es debido a que su apertura fue anterior a la normativa que por primera exigió una superficie útil mínima del local así como una distancia mínima.

Plano de una farmacia

Es importante destacar que la distribución del local se tiene que corresponder en todo momento con el plano que obra en poder de la Consejería de Sanidad. Toda vez que, si existe alguna discordancia, el farmacéutico titular estará cometiendo una infracción y en consecuencia será sancionado. Por ello, cuando se realiza cualquier modificación de local, hay que pedir autorización a la Consejería de Sanidad. Además de aportar un nuevo plano con la nueva distribución de la oficina de farmacia.

Después de encontrar el local, ¿cómo se distribuye una farmacia?

Pero, ¿cómo se debería distribuir una farmacia? La distribución ideal tendrá en consideración cumplir con los requisitos necesarios en los espacios que son indispensables para el desarrollo de la actividad farmacéutica (laboratorio, zonas de especialización, almacén …). Pero también en su diseño se contemplará primero lo que se vaya a ofrecer en cuanto a tipo de producto, principalmente medicamentos (con y sin receta) y productos de parafarmacia. Además, los servicios que se ofrecerán desde la farmacia.

Y esto es debido a que los medicamentos con receta deben almacenarse y ubicarse en la rebotica en estanterías o en el interior de una cajonera o de un robot si se dispone de él fuera del alcance del consumidor.

Al igual que los medicamentos sin receta que, siendo susceptibles de ser publicitados (EFP), pueden ubicarse en el espacio de venta a la vista del paciente/cliente. Sin embargo, debe hacerse siempre custodiados por el farmacéutico tras el mostrador, para que su dispensación siempre se acompañe de un consejo profesional.

El desarrollo de la venta en mayor o menor medida de los productos de parafarmacia, determinará los metros lineales que se dedicarán a su exposición. Asimismo, deben tener que distribuirlos en la superficie de venta con un criterio que responda a las necesidades del paciente. Y hacerlo según una gestión por categorías.

A este respecto, la decisión de las categorías a desarrollar vendrá de la mano de un análisis previo de la población y de las categorías que consideremos de especialización. Con ellas potenciaremos la marca de nuestra farmacia. Sin olvidarnos de considerarlos a la hora de su dimensionamiento y distribución la circulación, así como los puntos fríos y calientes, la capacidad de exposición, etc.

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