Seguro que como farmacéutico te has preguntado en alguna ocasión si todos los gastos de la farmacia son deducibles o, más allá, qué gastos son deducibles en tu actividad profesional diaria. Probablemente también te haya generado la duda sobre cómo tratar estos gastos de farmacia en tu declaración de la renta.  Esto, se quiera o no, es así porque la fiscalidad puede parecer un tema muy complejo y si no se cuenta con un buen asesor que esté especializado en estas lides, el asunto puede complicarse mucho más.

Vamos a tratar de explicarlo a modo de guía para poder entender el tratamiento fiscal de todos los gastos, deducibles o no, que puedes tener en tu farmacia, los gastos en medicamentos y cómo afectan a tu IRPF.

¿Qué son los gastos deducibles de una farmacia?

Los gastos deducibles de farmacia son aquellos desembolsos que están relacionados con la adquisición de medicamentos o productos sanitarios y otros que son necesarios para el desarrollo de la actividad profesional en la farmacia. Es fundamental saber diferenciar entre los gastos personales y los que son estrictamente profesionales, porque sólo estos últimos podrán incluirse como gastos deducibles del farmacéutico en su IRPF.

Condiciones que debe reunir un gasto para ser deducible en la farmacia en el IRPF

Los requisitos y condiciones que con carácter general deben cumplir los gastos para tener la consideración fiscal de deducibles en farmacia son los siguientes:

  • Que estén vinculados a la actividad económica desarrollada en la farmacia.
  • Que esté contabilizado en la cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Que se encuentren convenientemente justificados como gastos deducibles de la farmacia.
  • Que se hallen registrados en la contabilidad o en los libros-registro que con carácter obligatorio deben llevar los contribuyentes que desarrollen actividades económicas.

Tratamiento fiscal de los gastos de farmacia en el IRPF

En la declaración de la renta, los gastos de farmacia que se incluyen en el IRPF son aquellos que son considerados gastos necesarios para la obtención de ingresos, siempre que, como indicamos en el punto anterior, estén debidamente justificados y formen parte de la actividad económica de la farmacia.

Por ejemplo, los gastos en medicamentos son deducibles si están relacionados con el funcionamiento de la farmacia, como en los siguientes casos:

  • Compra de stock de medicamentos
  • Compra de material sanitario relacionado con la actividad de la farmacia.
  • Compra de otros productos que se tengan a la venta en la farmacia: pendientes, perfumes, productos de higiene…

¿Qué gastos en la farmacia son los que se desgravan?

1. Consumos de explotación o compras consumidas en el ejercicio.

Los gastos en medicamentos son deducibles al ser compras del ejercicio, al igual que las compras del resto de productos adquiridos para vender en la farmacia, como los productos de parafarmacia. Después de haber realizado la valoración de todo lo que se ha comprado para la farmacia y para calcular el valor de las compras consumidas hay que distinguir entre lo que se ha vendido y lo que ha incrementado el stock y se consumirá en otros ejercicios.

2. Gastos de personal.

Son deducibles todas las retribuciones a los empleados por sueldos, pagas extraordinarias, dietas, retribuciones en especie, gastos de formación del personal, indemnizaciones satisfechas al personal de la empresa para resarcirle de un daño o perjuicio…, así como la Seguridad Social a cargo de la empresa así como las cotizaciones correspondientes al propio farmacéutico.

3. Amortizaciones.

Estas son la cuantificación del coste económico que tiene para la empresa la depreciación de los elementos de inmovilizado. El coste de adquisición de los elementos de inmovilizados adquiridos afectos a la actividad de la farmacia, se deducirá aplicando anualmente un % del valor de los bienes (fondo de comercio, mobiliario, ordenadores….) durante unos  periodos mínimos y máximos.

4. Gastos de alquiler, cánones, asistencia técnica, etc.

5. Importes satisfechos por reparación y conservación del activo material afecto

Será gasto directo del ejercicio en cuestión.

6. Servicios de profesionales independientes relacionados con la actividad de la farmacia.

Así como los servicios prestados por economistas, abogados, auditores, notarios, etc. En este apartado entrarían también las comisiones de agentes mediadores independientes.

Resumen de los gastos deducibles en farmacia

Tipo de gasto Qué incluye según el artículo
Consumos de explotación o compras consumidas en el ejercicio Medicamentos y demás productos adquiridos para vender en la farmacia, incluidos los productos de parafarmacia. Para calcular las compras consumidas, se debe diferenciar entre lo vendido y lo que ha incrementado el stock para ejercicios posteriores.
Gastos de personal Sueldos, , pagas extraordinarias, dietas, retribuciones en especie, formación del personal, indemnizaciones, Seguridad Social a cargo de la empresa y cotizaciones del propio farmacéutico.
Amortizaciones Depreciación de los elementos de inmovilizado afectos a la actividad, como el fondo de comercio, el mobiliario o los ordenadores, aplicando anualmente un porcentaje sobre su valor.
Gastos de alquiler, cánones, asistencia técnica, etc. El contenido actual menciona esta categoría, pero no incluye una explicación adicional.
Reparación y conservación del activo material afecto Se considera gasto directo del ejercicio correspondiente.
Servicios de profesionales independientes relacionados con la actividad de la farmacia Servicios prestados por economistas, abogados, auditores, notarios y comisiones de agentes mediadores independientes.

Gastos deducibles de farmacia que suelen generar dudas con Hacienda

Además de los gastos habituales de la oficina de farmacia, existen determinados gastos cuya deducibilidad suele generar dudas, especialmente cuando resulta difícil diferenciar entre su uso profesional y personal.

En estos casos, resulta fundamental acreditar la relación del gasto con la actividad y conservar la documentación necesaria para poder justificarlo.

Gasto ¿Qué acepta Hacienda? ¿Qué suele discutir? ¿Cómo documentarlo?
Vehículo Vehículos de transporte de mercancías, como furgonetas o camiones, y vehículos de uso exclusivo profesional con matrícula industrial o similares. Cualquier turismo, aunque el titular lo utilice únicamente para transportar pedidos de la farmacia, visitar proveedores o acudir a formaciones. Agenda de desplazamientos profesionales, kilometraje y propósito de cada viaje.
Teléfono móvil y línea telefónica El teléfono afecto exclusivamente a la actividad. La línea fija y el ADSL o fibra del local son deducibles si están contratados a nombre de la actividad. El teléfono personal del titular y la deducción parcial de una línea utilizada también de forma privada. Disponer de dos líneas diferenciadas: una personal y otra profesional a nombre de la farmacia. Si solo existe una línea, habrá que documentar el uso profesional.
Formación y congresos Cursos de formación continuada relacionados directamente con la actividad farmacéutica, cuotas de colegios profesionales y congresos en España con programa acreditado y factura correcta. Congresos en el extranjero, especialmente en destinos turísticos, formación alejada del núcleo de la actividad y gastos de acompañantes no vinculados con la farmacia. Factura a nombre de la farmacia o del titular con NIF, concepto desglosado, IVA cuando proceda y programa del congreso o curso.
Seguro de salud Primas de seguro de enfermedad satisfechas por el titular para él mismo, su cónyuge y sus hijos menores de 25 años que convivan con él. Seguros que no sean de enfermedad, como los seguros de vida o de accidentes puros. Las primas deben pagarse desde la cuenta de la actividad o quedar claramente documentadas como gasto profesional. El límite es de 500 euros por persona asegurada y de 1.500 euros cuando la persona tenga discapacidad.
Restauración y representación Comidas y gastos de representación con clientes, proveedores o colaboradores cuando exista relación con los ingresos de la actividad y una documentación adecuada. Cenas familiares, comidas de fin de semana sin relación con la actividad y gastos desproporcionados respecto a la cifra de negocio. Factura completa, identificación del establecimiento, fecha, desglose del IVA y anotación o justificación del propósito profesional del gasto.

¿Qué documentación conviene conservar para deducir tus gastos de farmacia?

Para poder defender correctamente la deducción de estos gastos de farmacia, es recomendable disponer de:

  • Facturas con el NIF del emisor, los datos del receptor, el concepto detallado y el IVA desglosado.
  • Libro registro de gastos actualizado y cuadrado con la contabilidad.
  • Justificación de la correlación con los ingresos, ya que no basta con disponer de una factura: también es necesario poder explicar para qué sirve ese gasto en la actividad.
  • En los gastos de vehículo o teléfono, cualquier registro de uso profesional que pueda aportarse.

Una factura acredita que el gasto se ha producido, pero no demuestra por sí sola que esté relacionado con la actividad económica. Por ello, cuanto más discutible pueda resultar un gasto, más importante será conservar pruebas adicionales que permitan explicar su necesidad y finalidad profesional.

Algunos consejos para el farmacéutico sobre los gastos deducibles

En conclusión, los gastos de farmacia son deducibles siempre que estén relacionados con la actividad profesional y puedan justificarse documentalmente. Conviene no dejar nada al azar y, sobre todo, revisar que todas las compras que se hagan para la farmacia sean realmente necesarias para la actividad y, mucho más, que estén documentadas correctamente. Es recomendable que se use un  programa de gestión que permita al profesional de la farmacia registrar y clasificar de una manera eficiente todos los gastos de la farmacia que son deducibles.

El consejo más importante es que consultes con tu asesor fiscal cualquier duda o consulta relacionada con los gastos de farmacia en el IRPF que se te pueda plantear en el ejercicio diario de tu farmacia.

Mantente informado y sigue buenas prácticas para evitar sorpresas con Hacienda y aprovechar al máximo las ventajas fiscales disponibles. Si tienes dudas o necesitas ayuda con tus gastos de farmacia o IRPF, no dudes en contactarnos.

Preguntas frecuentes sobre los gastos deducibles en farmacia

¿Qué requisitos debe cumplir un gasto para ser deducible en una farmacia?

Un gasto debe estar vinculado a la actividad económica de la farmacia, contabilizado en la cuenta de pérdidas y ganancias, convenientemente justificado y registrado en la contabilidad o en los libros-registro obligatorios.

¿Los gastos en medicamentos son deducibles en el IRPF?

Sí. Los medicamentos y el resto de productos adquiridos para vender en la farmacia, incluidos los productos de parafarmacia, pueden considerarse compras deducibles. Para calcular las compras consumidas, debe diferenciarse entre los productos vendidos durante el ejercicio y aquellos que han incrementado el stock para ejercicios posteriores.

¿Se puede deducir el vehículo utilizado por el titular de la farmacia?

Hacienda acepta los vehículos de transporte de mercancías, como furgonetas o camiones, y los vehículos de uso exclusivamente profesional con matrícula industrial o similares. En cambio, suele discutir la deducción de los turismos, aunque se utilicen para transportar pedidos, visitar proveedores o acudir a formaciones.

¿Cómo se puede justificar el uso profesional de un vehículo?

Conviene disponer de una agenda de desplazamientos profesionales, un registro del kilometraje y una anotación del propósito de cada viaje. Esta documentación ayuda a acreditar la relación del vehículo con la actividad de la farmacia.

¿El teléfono móvil de un farmacéutico es deducible?

El teléfono puede deducirse cuando está afecto exclusivamente a la actividad. La línea fija y el ADSL o la fibra del local también son deducibles si están contratados a nombre de la actividad. Hacienda suele discutir la deducción de una línea personal utilizada tanto para fines privados como profesionales.

¿Cómo se puede justificar la deducción del teléfono de la farmacia?

La opción más clara es disponer de dos líneas diferenciadas: una personal y otra profesional a nombre de la farmacia. Cuando solo existe una línea, será necesario documentar su uso profesional.

¿Los cursos de formación y los congresos son deducibles?

Pueden deducirse los cursos de formación continuada directamente relacionados con la actividad farmacéutica, las cuotas de colegios profesionales y los congresos en España que cuenten con un programa acreditado y una factura correcta.

¿Qué documentación debe conservarse de un curso o congreso?

Debe conservarse la factura a nombre de la farmacia o del titular, con el NIF, el concepto desglosado y el IVA cuando proceda. También es importante guardar el programa del curso o congreso para justificar que su contenido está relacionado con la actividad farmacéutica.

¿El seguro de salud del farmacéutico es deducible?

Pueden deducirse las primas de los seguros de enfermedad satisfechas por el titular para él mismo, su cónyuge y sus hijos menores de 25 años que convivan con él. El límite es de 500 euros por persona asegurada y de 1.500 euros cuando la persona tenga discapacidad.

¿Los seguros de vida o accidentes son deducibles como seguros de salud?

No se incluyen dentro de esta deducción los seguros de vida ni los seguros de accidentes puros. Para poder aplicar la deducción, debe tratarse de un seguro de enfermedad.

¿Las comidas con proveedores o colaboradores son deducibles?

Las comidas y los gastos de representación con clientes, proveedores o colaboradores pueden ser deducibles cuando estén relacionados con los ingresos de la actividad y se encuentren adecuadamente documentados.

¿Qué gastos de restauración suele discutir Hacienda?

Hacienda suele discutir las cenas familiares, las comidas de fin de semana que no tengan relación con la actividad y los gastos de representación desproporcionados respecto a la cifra de negocio de la farmacia.

¿Basta con tener una factura para deducir un gasto de farmacia?

No. La factura acredita que el gasto se ha producido, pero también debe poder demostrarse su relación con la actividad económica. Es necesario explicar para qué sirve el gasto dentro de la farmacia y cómo contribuye al desarrollo de la actividad.

¿Qué documentación debe conservar una farmacia para justificar sus gastos?

Conviene conservar las facturas con el NIF del emisor, los datos del receptor, el concepto detallado y el IVA desglosado. También debe mantenerse actualizado el libro registro de gastos y guardar cualquier prueba que permita demostrar la relación del gasto con la actividad.

 

AJ
Aroa Jiménez

Subresponsable del Departamento Fiscal de Asefarma

Especialista en fiscalidad para farmacias, con más de 10 años de experiencia en el sector.

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