La ley de arrendamientos urbanos de 1994 establecía un plazo de 20 años para decretar el fin de los contratos de alquiler anteriores a esa fecha, si no había nuevo acuerdo arrendador-inquilino.

Este plazo de 20 años se cumple el 31 de diciembre de 2014, y debido a la confusión creada con este tema, muchas farmacias equivocadamente piensan que les afecta y están renegociando sus contratos o bien trasladándose. Cuando realmente NO LES AFECTA. Evidentemente, los propietarios de los locales, tampoco están muy interesados en subsanar este error.

Es cierto que el próximo 31 de diciembre supondrá la fecha de finalización de muchos contratos de alquiler. Pero solamente suscritos por sociedades mercantiles.

Así, con la aprobación de dicha Ley se pretendió potenciar el desarrollo del mercado inmobiliario en régimen de alquiler. Además, se establecieron unos plazos de extinción de los contratos de arrendamiento, en función de la fecha de suscripción del contrato, de la actividad desarrollada en el local y de la persona arrendataria (personas físicas y jurídicas).

Sin embargo, en Asefarma compartimos la postura que defiende que, al contrario de lo que muchos puedan pensar, las farmacias no se verán afectadas por dicha Ley. Por cuanto ésta afecta sólo a las sociedades y no a las personas físicas, como es el caso de los farmacéuticos. En caso de que, en relación a su contrato de arrendamiento, le surja alguna duda al respecto, puede ponerse en contacto con nuestro departamento Jurídico.